APP, instrumento de progreso

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Organizaciones, tanto del sector público como privado, coincidieron en la importancia de que Panamá tenga un régimen de Asociación Público Privada (APP), que incentive el desarrollo nacional.

Proyecto de ley se debate en la Asamblea Nacional.

Las Asociaciones Público Privadas (APP) han evolucionado en la región, de acuerdo con CAF –banco de desarrollo de América Latina. Esto se debe, “a las mayores oportunidades de inversión del sector privado y los procesos de trasformación legales, regulatorios e institucionales, que han promovido y facilitado la realización de nuevos proyectos”.

Las APP requieren para su crecimiento, señala este ente bancario regional, “una gestión eficiente de los contratos para que carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos y edificios públicos, entre otros; se ejecuten en los tiempos establecidos y eviten controversias entre las partes”. Con esa visión de promover el desarrollo de infraestructuras y servicios públicos en el país, en Panamá se impulsa el establecimiento del modelo de gestión APP.

Para tal efecto, se presentó el proyecto de ley N° 12 que lo crea “como incentivo a la inversión privada, desarrollo social y la creación de empleos”, ante la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, donde ya fue aprobado primer debate, el pasado 20 de agosto.

Las APP, según el proyecto de ley presentado por el Gobierno Nacional el 13 de agosto pasado, son modalidades de vinculación de capital privado en las que se incorporan conocimientos, equipos, tecnología, capacidades técnicas, además de financieras, con la finalidad de crear, desarrollar, mejorar, operar y mantener la infraestructura pública para el suministro de servicios públicos, detalló un comunicado oficial.

Esta iniciativa “tiene como norma acelerar la contratación de obras públicas y por consiguiente el incremento de plazas laborales, para expandir las posibilidades y oportunidades a la población”, dijo al respecto Rafael Sabonge, ministro de Obras Pública.

El documento establece la creación de un “Ente Rector” que precise las áreas prioritarias para la ejecución de los proyectos, aplicando criterios de análisis sobre la identificación, selección y priorización de los planes, así como la convivencia de contratación bajo la modalidad de APP de conformidad con criterios de elegibilidad establecidos.

Sabonge, en proceso de divulgación y consulta de esta propuesta gubernamental ante diversos sectores públicos como privados, aseguró que “este proyecto no contempla la privatización de las obras que se construyan por el Estado, su objetivo es incentivar la inversión en beneficio de la población panameña”.

Visión empresarial de las APP

Las APP no son privatización, aclaró de la Guardia, y las describió como asociaciones que canalizan la inversión privada, fondo privadas, a través de obras públicas para el bienestar de la sociedad. “Éstas APP no pueden utilizarse en proyectos de Estado con fondos del Estado”, indicó.

Sobre el tema, José Ramón Icaza, director del Grupo Construcción e Inmobiliario de la CCIAP, explicó que en la propuesta de ley de las APP se establecen criterios de ponderación para adjudicar las obras, los cuales son netamente económicos y no sugestivo; y un capítulo en torno a transparencia, el cual “inhabilita a empresas que han sido juzgadas en caso de corrupción”.

Icaza agregó que, para la selección final del contratista, se pondera  la parte económica; pero, previamente, se ha realizado una evaluación técnica. “Las obras y los servicios que se realicen mediante APP resultan más económicas debido a que la capacidad de inversión privada es más eficiente, al igual que el costo de financiamiento, porque el riesgo es menor, las obras se realizan a tiempo y hay optimización de los recurso”, detalló.

En agosto pasado, en su interés de ampliar la consulta sobre este tema en particular, directivos de la CCIAP invitaron  al titular de Obras Pública a exponer el proyecto de Ley N.12 que crea el régimen de APP ante los miembros de la Federación de Cámaras de Comercio de la República de Panamá (Fedecámaras), quienes en reunión ordinaria abordaron, además del tema de asociaciones públicos-privadas, aspectos relacionados a los proyectos de contrataciones públicas a nivel nacional.

Durante su exposición, el ministro Sabonge manifestó, que dentro de esta Ley de APP se excluye de la aplicación del nuevo sistema, las obras de salud, educación, Autoridad del Canal de Panamá y seguridad. Y, entre los proyectos que podrán realizarse con la Ley de APP, mencionó el metrocable de San Miguelito, los muelles multipropósitos, las construcciones de centros de arte y cultura,  los museos e infraestructura para la trasmisión eléctrica y los proyectos viales en el país.

 

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