En la modalidad de la Factura Electrónica, las empresas certificadas PAC cumplen con lineamientos de seguridad.

Facturación electrónica: “Declaración Jurada de Adopción”

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Se fortalece la relación fisco-contribuyente, mediante la optimización de los métodos de facturación y la efectividad de la recaudación tributaria

Por: Malema De León | [email protected]

Toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente debe realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) de la Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del formulario de Declaración Jurada de Adopción de SFEP, el cual está disponible en la plataforma e-Tax 2.0 desde febrero del año en curso.

Tal disposición fue anunciada a los contribuyentes por la DGI/MEF mediante publicación en Gaceta Oficial, de la Resolución No. 201-0251 del 12 de enero de 2022, que actualiza los deberes de los usuarios del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá y los plazos para los usuarios no activos dentro del plan piloto.

También, se detallan los parámetros con los que deberá cumplir el contribuyente que desee optar por la factura electrónica a través del Facturador Gratuito del SFEP, “siempre y cuando tengan ingresos brutos anuales de hasta B/. 1,000,000.00 y un volumen de facturación de hasta 200 mensuales.

Según lo dispuesto, las personas naturales o jurídicas que opten por el Facturador Gratuito, contarán con un plazo máximo de 15 días calendario, contados a partir la presentación de la Declaración Jurada de Adopción, para iniciar a facturar con este método.

Por otro lado, las personas naturales o jurídicas que presenten Declaración Jurada de Adopción para la modalidad de Proveedor Autorizado Calificado (PAC), contarán con los siguientes plazos para la implementación del sistema: personas naturales, (hasta 60 días calendario); persona jurídica, con ingresos menores o iguales a B/. 1,000,000.00 (hasta 60 días calendario); de B/. 1,000,000.00 hasta B/. 2,500,000.00 (hasta 90 días calendario) y de B/. 2,500,000.00 o más (hasta 120 días calendario). Todos estos plazos, serán contados a partir de la presentación de la Declaración Jurada de Adopción de SFEP.

Dicha resolución, que comenzó a regir a partir del 1 de febrero pasado, deroga la Resolución 201-4502 del 27 de mayo de 2021 y la Resolución 201-11114 del 01 de diciembre de 2021, asociadas a los deberes de los usuarios del SFEP.

La Facturación Electrónica ha sido considerada como un recurso revolucionario en los sistemas impositivos a nivel mundial y en Panamá, por sus múltiples ventajas, entre éstas, ahorro significativo de dinero y la simplificación de tareas.

Para las autoridades del país esta modalidad permitirá garantizar la reducción de la evasión o defraudación fiscal posible, mejorar la recaudación de los impuestos justos que establece la ley fiscal de la República, y disminuir, de modo considerable, la huella de carbono, con la minimización del uso del papel en la emisión de facturas, lo que se traduce en la modernización del Estado y la colocación del país a la vanguardia tecnológica en materia tributaria.

 Nuevo formulario – “Declaración Jurada de Adopción”

Desde el pasado 8 de febrero, laDGI habilitó el nuevo formulario de “Declaración Jurada de Adopción” al Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP), donde se aprueba la solicitud de manera expedita, minimizando al máximo el tiempo de espera para uso de la Factura Electrónica.

Según se informó, toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente deberá realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) de la DGI, en sus modalidades Facturador Gratuito o Modalidad de Proveedor Autorizado Calificado (PAC), que está disponible en la plataforma e-Tax 2.0. Una vez presentada la Declaración, al contribuyente se le genera un certificado de recepción como constancia.

Uso voluntario de Factura Electrónica

Dentro del plan de modernización tributaria está la implementación del uso voluntario de Factura Electrónica, como una de las alternativas de facturación mediante la incorporación de la modalidad con los Proveedores de AutorizaciónCalificado (PAC); así como poniendo a disposición un facturador gratuito simplificado.

A febrero pasado, las autoridades a cargo habían certificado a seis empresas PAC que brindan el servicio; mientras que, para la incorporación al uso voluntario del nuevo método de facturación, otorgaron alrededor de 1,200 autorizaciones.

Los PAC tienen permiso de la DGI para brindar el servicio de Facturación Electrónica a contribuyentes, además, poseen el compromiso de guardar absoluta confidencialidad de la información suministrada por el contribuyente y por la administración de ingresos, para la operación deben contar con una plataforma que soporte todas las transacciones y garantice la agilidad del proceso.

La administración tributaria avanza con la implementación de la factura electrónica y sus dos alternativas: el facturador gratuito del sistema de factura electrónica (SFEP), para emprendedores o empresas que tengan ingresos de hasta 1 millón de balboas al año y un volumen de facturación de 200 facturas mensuales.

De acuerdo con reportes de la DGI, las empresas que manejen integraciones a nivel de sus sistemas contables podrán optar por utilizar los PAC, “aliados estratégicos para facilitarle el uso de la facturación electrónica”. El sustento legal, está tipificado en el Decreto Ejecutivo 766 de 29 de diciembre de 2020, que contempla la figura del PAC, quienes garantizan la continuidad del servicio a los obligados a documentar sus operaciones de transferencias, ventas de bienes y prestación de servicios mediante la expedición electrónica.

Normativas relacionadas

Equipos fiscales

Las autoridades de la DGI han reiterado a los contribuyentes que mantienen equipos fiscales, como método de facturación, que es de carácter obligatorio el uso del dispositivo de comunicación o componente de transmisión de datos para todas máquinas fiscales a nivel nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 770 del 30 de diciembre de 2020.

Las nuevas normas que regulan los equipos fiscales conllevan la utilización de un dispositivo de comunicación o un componente de trasmisión de datos que se conecta de manera automática con la Plataforma de Comunicación de Equipos Fiscales (PLACEF) desarrollada por la DGI.  El incumplimiento de estas obligaciones podría llevar a sanciones establecidas en la norma.

Visión empresarial

En el ámbito empresarial se coincide que la facturación electrónica involucra una serie de beneficios y que es un importante avance tecnológico. Al respecto, Rafael Montero, CEO de GuruSoft, ha manifestado es un “enorme salto tecnológico que conlleva para una compañía pasar del método de facturación tradicional a uno automatizado, que representa lo mejor de la digitalización en este campo y trae aparejados beneficios realmente notables a nivel de costos, de procedimientos que son menos engorrosos y el resguardo de documentos e información de manera segura, en los servidores más confiables del mundo en la nube”.

Montero añadió que en un mercado tan competitivo como el actual, en el que hay que reinventarse de forma constante para ser más competitivos, “es esencial adoptar todas las herramientas que la tecnología nos vaya brindando, porque esa es la manera de sumar eficiencia a nuestros procesos y estrategias”.

En ese sentido, expresó, la Facturación Electrónica es un aliado que simplifica los procesos de emisión de comprobantes, “brinda mayor seguridad y respaldo, y genera ahorros de hasta un 80% de los costos de facturación, eliminando impresoras fiscales, tóner de tinta, rollos de papel, carpetas de almacenamiento, espacio físico y tantos otros dolores de cabeza que ya no son necesarios… No importa el rubro ni el tamaño de la empresa, estamos hablando de que, a cualquier persona responsable al manejo de una compañía, siempre le va a convenir ahorrar esos recursos y optimizarlos, sólo así se puede llevar adelante un modelo de negocios exitoso. Aquí no hay otra opción: si aspiras a lograr el éxito o mantenerlo, debes facturar electrónicamente”.

Beneficios de la Facturación Electrónica, según reporte de GuruSoft:

  • Ahorro de tiempo. Proceso que dura apenas segundos.
  • Ahorro de dinero. Se prescinde de costosos equipos de impresión con sus rollos de papel, tinta y mantenimientos.
  • Ahorro de espacio. Ya no se emplean carpetas y archivadores.
  • Disminución del estrés. Se simplifica el procedimiento y se evitan dolores de cabeza.
  • Corrección de errores. ¿Se equivocó al emitir la factura? El sistema cuenta con posibilidad de subsanar esto de manera ágil y sencilla.
  • Respaldo y seguridad. Los documentos estarán resguardados en los servidores más confiables en la nube.
  • Comodidad y disponibilidad. Se puede facturar donde y cuando sea, únicamente se necesita un dispositivo con acceso a internet.
  • Contribución al medio ambiente. Se evita la tala de millones de árboles y el uso de agua, plásticos y demás insumos en la fabricación de tintas y papeles.

Reconociendo la importancia de esta modalidad para la modernización de los procesos, dentro del sector privado de Panamá, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) brinda a sus asociados diversos servicios que contribuyen al pleno desarrollo de sus actividades comerciales, incluyendo temas tributarios. Para tales efectos, ha realizado diversos talleres informativos y de actualización, de manera coordinada con las autoridades. Para más información sobre estas actividades y orientación sobre este esquema, favor contactar a [email protected].

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