Por: Catalina Fandiño Valderrama | [email protected]
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) revela, mediante un artículo publicado en su página web, las estadísticas de accidentalidad y fatalidad con relación a los trabajadores y su actividad laboral arrojando un resultado impactante:
“cada día mueren 6.300 personas a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo – más de 2.3 millones de muertes por año”…el coste de esta adversidad diaria es enorme y la carga económica de las malas prácticas de seguridad y salud se estima en un 4% de Producto Interior Bruto global cada año”[1].
Es sorprendente escuchar cifras tan alarmantes si tomamos en consideración la cantidad de normas, regulaciones y estandarización a nivel mundial sobre las medidas preventivas en Salud, Seguridad y Riesgos Laboral con el fin de disminuir las tasas de mortalidad y enfermedad laboral.
“cada día mueren 6.300 personas a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo – más de 2.3 millones de muertes por año…”.
Países como México, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Panamá entre otros, toman como referencia normas internacionales como las regulaciones establecidas por el Departamento de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, siglas en Inglés). De allí la importancia de conocer en profundidad esta norma.
El Departamento del Trabajo en Estados Unidos crea, en 1970, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) promulgando normas y regulaciones de cumplimiento obligatorio para las actividades de la construcción e industria general con el objetivo de brindar ambientes seguros y salubres de trabajo. Actualmente cuenta con publicaciones reguladoras en cada actividad de trabajo. Regulaciones que la mayoría de los países latinoamericanos adoptan y toman como referencia para la elaboración de sus propias leyes estatales.
Todo principio legal establece que al existir vacíos legales (lagunas de ley) se adoptara la integración del Derecho adaptando medidas reguladoras internacionales. Es muy común que la mayoría de las leyes, decretos y normas en Salud y Seguridad Laboral toman como referencias normativas internacionales que se adecuan a las necesidades propias de cada país.
En materia de Salud y Seguridad Laboral se toman como referencia para la creación de decretos, resoluciones y reglamentos con carácter normativo las promulgaciones internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Administración de Salud y Seguridad Ocupacional (OSHA), siendo esta última referente para la promulgación de normativas de seguridad en actividades como: alturas, espacios confinados, riesgos eléctricos, equipos de protección personal, grúas y cabrias, riesgo químico, condiciones generales de trabajo, uso de andamios y escaleras, entre otras, establecidas y promulgadas en el Reglamento de la Construcción OSHA 29CFR 1926.
“Es muy común que la mayoría de las leyes, decretos y normas en Salud y Seguridad Laboral toman como referencias normativas internacionales que se adecuan a las necesidades propias de cada país”.
Una de las responsabilidades más importantes de los profesionales en materia de Seguridad y Salud Laboral es estar constantemente actualizado en promulgaciones reguladoras tanto a nivel territorial donde ejerza como a nivel internacional. Estudiar los marcos jurídicos internacionales promulgados por los organismos autorizados, a través de sus Departamentos, para la aplicación de resoluciones ante un conflicto es un valor intelectual concluyente de una acción a tomar basado en el amplio conocimiento de las normas y regulaciones que aplica para cada caso en particular.
Un profesional en Seguridad y Salud Ocupacional debe justificar con fundamentos las acciones y medidas a tomar (sea de prevención, corrección o sanciones disciplinarias) más allá de los instruidos por los establecimientos educativos y las normas territoriales aplicables en la materia. Un profesional de Seguridad y Salud Ocupacional deber ser erudito en el tema para lograr una eficaz implementación y adaptación de las medidas y controles reglamentarios.
Depende de nuestra formación continua obtener resultados proactivos por parte de los trabajadores inculcando una forma, más de conocimiento que de obligación. Esto conllevara resultados positivos y aceptación integra de las Medidas en Salud y Seguridad Ocupacional en las empresas.
[1] Fuente: Artículo publicado por la OIT http://www.ilo.org/global/topics/safety-and-health-at-work/lang–es/index.htm
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